El autoconsumo solar se ha disparado en los últimos años y con él también han proliferado empresas que instalan rápido, sin complicaciones y, en algunos casos, sin los permisos que la ley exige. Una comunidad a la que asesoro pasó por esto. Contrataron la instalación, la empresa les dijo que los trámites “ya los gestionaban ellos”, y durante dos años todo funcionó sin incidentes. Hasta la inspección técnica del edificio.
Lo que encontró el inspector
El ITE —Inspección Técnica de Edificios— es obligatoria cada diez años para edificios de más de 50 años. El inspector que vino revisó la cubierta y documentó la instalación fotovoltaica. Preguntó por la licencia de obras y por el certificado de instalación eléctrica. La comunidad no tenía ninguno de los dos porque la empresa instaladora nunca los había tramitado. El inspector emitió una deficiencia grave en el informe. La comunidad tenía tres meses para regularizar la situación o afrontar una sanción municipal.
El coste de regularizar lo que se hizo mal
Contactamos con la empresa instaladora. Uno de los socios dijo que ellos “siempre trabajaban así” y que nunca había habido problemas. Cuando le explicamos que teníamos un requerimiento formal del ayuntamiento, tardaron dos días en responder. Al final asumieron la tramitación de la documentación técnica —certificado de instalación eléctrica, proyecto de legalización y licencia de obra menor— pero los honorarios del técnico para redactar el proyecto corrieron por cuenta de la comunidad: 900 euros. Más el coste de adaptar dos elementos de la instalación que no cumplían la normativa vigente: otros 400 euros. Antes de contratar una instalación solar, exige que te entreguen copia de todos los permisos tramitados antes de empezar la obra. Si la empresa dice que “eso va incluido” pero no te presenta los documentos, no empieces hasta tenerlos en la mano.