Cuando me hice cargo de una comunidad en el Cabañal, lo primero que me llamó la atención fue el contrato de limpieza. Llevaban tres años con la misma empresa, pagando 280 euros al mes, y el portal tenía un aspecto que no pegaba nada con ese precio. Le pregunté al presidente cómo habían llegado a ese acuerdo. Me miró un momento y me dijo: “Nos los recomendó alguien.” Nada más. Sin comparar presupuestos, sin revisar qué incluía el servicio, sin una sola cláusula de penalización por incumplimiento. Tres años así.
Lo que el contrato decía y lo que pasaba en realidad
El contrato especificaba limpieza tres veces por semana, incluidos portal, escaleras, ascensor y cristales del portal una vez al mes. Lo que ocurría en la práctica era distinto: la limpiadora pasaba cuando podía —a veces dos veces, a veces una—, el ascensor rara vez lo tocaba y los cristales del portal los había limpiado, según los vecinos, “hace como un año”. Cuando pedí a la empresa explicaciones, me enviaron un registro de visitas firmado por la propia limpiadora. Sin fecha real, sin verificación. Un papel que no valía nada. El problema no era solo la empresa. Era que la comunidad nunca había exigido nada porque no sabían que podían.
Cómo se rescinde un contrato así y qué aprendimos
Revisé el contrato y encontré una cláusula de resolución por incumplimiento reiterado. Documentamos durante cuatro semanas las visitas reales con fotos fechadas, redacté un requerimiento formal y lo enviamos por burofax. La empresa intentó negociar; les dijimos que no. En 30 días estábamos fuera del contrato sin penalización. Contratamos otra empresa por 220 euros al mes con mejor servicio y, esta vez, con un pliego de condiciones detallado: días y horas de visita, checklist de tareas por visita, y penalización del 20% de la mensualidad por cada incumplimiento documentado. Desde entonces no ha habido ningún problema. La lección no es que las empresas de limpieza sean malas. Es que un contrato sin control es un cheque en blanco.